El Gobierno aprueba ayudas a autónomos y más protección a parados y consumidores

Madrid, 31 mar (EFE).- El Gobierno ha aprobado un tercer paquete de medidas económicas para facilitar la viabilidad de pymes y autónomos y para proteger a colectivos más vulnerables frente al desempleo o a obligaciones financieras como la devolución de los créditos al consumo, además de prohibir los cortes de suministros.

Se trata de un decreto ley con 50 medidas propuestas por once ministerios, que incluye subsidios de desempleo extraordinarios para las empleadas del hogar y los trabajadores temporales por terminación del contrato, así como moratorias en el pago de las cotizaciones sociales para autónomos y pymes.

Asimismo, se amplía la moratoria del pago de hipotecas a locales y oficinas de autónomos, se aplazan tres meses los pagos de créditos al consumo, se da mayor protección a los inquilinos y se prohíben los cortes de suministros de luz, gas y agua mientras dure el estado de alarma, entre otras medidas.

La norma prevé además la prórroga hasta un mes después del fin del estado de alarma de todas las medidas aprobadas hasta ahora por el Gobierno, si no tenían especificada otra duración.

Son medidas para «reforzar el escudo social frente al coronavirus”, como ha explicado el vicepresidente de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, pero también para sostener el tejido productivo y el empleo, y facilitar la futura recuperación de la actividad, según ha afirmado la vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño.

Calviño ha reconocido el impacto que sobre la economía tienen las restricciones adoptadas para frenar la epidemia, pero ha incidido en que no se pueden contraponer economía y salud, y que la prioridad es atajar un problema sanitario «que no es compatible con el buen funcionamiento de la economía».

Para ayudar a autónomos y pymes se ha aprobado una moratoria de seis meses sin intereses ni recargos para el pago de las cotizaciones sociales correspondientes a los meses de mayo, junio y julio, y el aplazamiento del pago de las deudas a la Seguridad Social hasta el 30 de junio de este año.

De la cuota de marzo, ya abonada, se podrá solicitar la devolución correspondiente a los días no trabajados, mientras que la de abril se podrá aplazar a un interés del 0,5 %.

La moratoria no será de aplicación para las empresas que hayan sido exoneradas de pagar cotizaciones sociales por sus trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor a causa del coronavirus.

En caso de no tener derecho a la moratoria podrán solicitar el aplazamiento de sus cuotas, pero solo las de mayo y junio y también con un interés del 0,5 %.

Para proteger a colectivos más vulnerables en una situación de desempleo se ha aprobado un subsidio extraordinario para empleadas del hogar que pierdan el empleo u horas de trabajo y que tiene carácter retroactivo si la causa es la actual crisis sanitaria.

La cuantía será el equivalente a un 70 % de la base reguladora de la empleada y su cobro, compatible con el mantenimiento de otras actividades, sin que la suma de retribuciones pueda exceder el importe del salario mínimo (950 euros).

Asimismo, se establece un subsidio extraordinario único de 440 euros para que las personas que tuviesen un contrato temporal de duración de al menos dos meses, que se hubiese extinguido tras la declaración del estado de alarma, y que no alcancen el periodo de cotización mínimo para percibir una prestación por desempleo.

Es incompatible con la percepción de cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública.

Se amplía el colectivo de potenciales perceptores del bono social eléctrico, al que podrán acogerse de forma excepcional las personas que se hayan visto afectadas por medidas de regulación de empleo de sus empresas o, en el caso de autónomos, haber cesado su actividad o visto reducidos sus ingresos en más de un 75 %.

En los servicios prestados por varios proveedores, como el caso de los viajes combinados, el consumidor podrá optar por solicitar el reembolso o hacer cambiar de fecha en el plazo de un año desde la conclusión del estado de alarma.

En el ámbito de las telecomunicaciones, la norma matiza que la suspensión de la portabilidad solo aplica cuando sea necesario desplazarse físicamente a una tienda o realizar intervenciones en el domicilio, y establece que la tarifas no podrán subir mientras no se pueda solicitar un cambio de compañía. EFE

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