Actualidad Info Actualidad

El RD sobre permiso retribuido recuperable no afecta al sector alimentario que mantiene su condición de esencial

Redacción ProfesionalesHoy01/04/2020

El Real Decreto-ley 10/2020 de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el Covid-19, no es aplicable al sector productor exportador de frutas y hortalizas, que sigue considerándose una actividad esencial.

El Real decreto excluye de su ámbito de aplicación al sector de la alimentación. En concreto, el punto 2 del anexo del RD establece que, no será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado “las personas que trabajan en las actividades que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas, alimentación animal, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto necesario para la protección de la salud, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta el destino final”.

También se consideran excluidos de este Real Decreto los trabajadores “ imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actividades esenciales”, según recoge el punto 5 del anexo, así como los trabajadores de los “ servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, que se continúen desarrollando desde la declaración del estado de alarma, así como de aquéllas que deban asegurar el mantenimiento de los medios empleados para ellos” ,según explica el punto 6 del anexo.

Teniendo en cuenta que los trabajadores del sector alimentario son parte de los servicios considerados esenciales, y teniendo en cuenta también los puntos 5 y 6 del anexo del Real Decreto, que se refieren a los trabajadores de actividades conexas importantes para el desarrollo de la producción agraria y a los relacionados con el transporte tanto de personas como de mercancía, la actividad del sector productor exportador de frutas y hortalizas podrá Fepex. Fuente: Fepex

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos