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Durante el estado de alarma se modifica el procedimiento de matriculación y de cambio de titular de vehículos agrícolas

Redacción ProfesionalesHoy07/04/2020

La Asociación Nacional de Maquinaria Agropecuaria, Forestal y de Espacios Verdes (Ansemat) ha ido recopilando la información enviada por las empresas de maquinaria agrícola y sus concesionarios relativa a problemas burocráticos asociados al registro y matriculación de vehículos agrícolas durante el estado de alarma en diferentes provincias.

Esta información se ha ido transmitiendo al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y a la Dirección General de Tráfico (DGT), y ambos organismos han mostrado su apoyo total a los agricultores y ganaderos, resaltando la importancia del trabajo que realizan y declarando que no se puede detener actualmente por un retraso en un proceso administrativo.

La Orden INT/317/2020, de 3 de abril, establece los requisitos aprobados por la Dirección General de Tráfico para que los agricultores y ganaderos puedan trabajar rápidamente con sus nuevos vehículos agrícolas sin tener que esperar a la tramitación de la matriculación ordinaria al no poder realizar algún procedimiento administrativo.

De esta forma han aprobado la orden que establece durante el procedimiento de matriculación ordinaria y de cambio de titular, y del registro en el ROMA, la sustitución de ciertos documentos por una declaración responsable en la que se certifique que el vehículo cumple todos los requisitos técnicos que le permitirán obtener toda la documentación necesaria en el proceso de registro agronómico y matriculación para entregarla hasta un mes después del término del estado de alarma, y así poder trabajar con el vehículo agrícola adquirido sin sufrir posibles retrasos administrativos.

Ansemat informa asimismo que el trabajo de todo el personal del ROMA y la DGT ha permitido que se haya ido restituyendo paulatinamente la actividad mediante procedimientos telemáticos en toda la geografía española, por lo que recomienda que se realicen todos los trámites que es posible realizar para matricular los vehículos agrícolas, acudiendo a esta alternativa sólo en aquellos casos en los que no sea posible finalizar el procedimiento administrativo a tiempo. Fuente: Ansemat

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