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“La construcción ya no será el sector de la temporalidad”

Redacción ProfesionalesHoy27/01/2022

El presidente de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), Pedro Fernández Alén, ha participado en el Foro Potencia para analizar las implicaciones de la reforma laboral en el sector de la construcción. En una entrevista con Ricardo Cortés, director del Foro Potencia, el presidente de la patronal, que fue participe de las negociaciones para hacer efectivas algunas modificaciones que afectaban al sector, construcción ha analizado las implicaciones de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 32/2021 el pasado 30 de diciembre.

La reforma laboral viene determinada por el plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. En materia laboral, este plan busca reducir el desempleo estructural y el paro juvenil, limitar la temporalidad y corregir la dualidad del mercado laboral, aumentar la inversión en capital humano, modernizar los instrumentos de negociación colectiva y aumentar la eficacia y eficiencia de las políticas públicas de empleo. Un cambio en la normativa que también afecta al sector de la construcción y a las relaciones con sus trabajadores.

De entre todas estas reformas el presidente de la CNC ha destacado que “los objetivos eran principalmente dos. Simplificar la contratación, antes había muchos tipos contractuales y necesitaban reducir esto; y además, había que recortar la tasa de temporalidad en España que estaba totalmente disparada. Todo esto teniendo en cuenta que el contrato fijo de obra se contabilizaba como un contrato temporal cosa que no ocurre en ordenamientos jurídicos como el de Francia”.
Esta modificación establece los contratos indefinidos como fórmula general, y señala que “la duración del contrato de obra que no sea indefinido solo puede hacerse por dos causas, o bien por circunstancias de la producción, o bien por la sustitución de personal con derecho a reserva de su puesto de trabajo”, ha comentado el presidente de la CNC.

“Con este cambio, 300.000 contratos de las empresas de trabajo temporal van a pasar a ser contratos indefinidos y 800.000 contratos de la construcción que eran fijos de obra van a computarse como indefinidos. Por lo que el gobierno ha conseguido lo que quería”, ha expresado Fernández Alén.

Contrato fijo de obra y contrato indefinido adscrito a obra

Para el sector de la construcción un punto fundamental es la supresión del contrato fijo de obra. “Esto lo quiero dejar claro, este tipo de contrato ya no existe”, recalcaba Pedro Fernández Alén. En su lugar aparece el contrato indefinido adscrito a obra que tendrá por objeto las tareas vinculadas a la construcción. Para saber cuáles son estas labores, “la referencia sigue siendo el Convenio General del Sector de la Construcción en su anexo primero. Teniendo en cuenta estas actividades se podrá firmar un contrato indefinido adscrito a obra, a excepción del personal de estructuras”, ha explicado el presidente de la CNC.

Los contratos fijos de obra existentes hasta ahora pueden extender su duración al máximo, durante tres años o hasta que terminen las obras. A lo largo de 2021 el 66% de los contratos de la construcción fueron de este tipo.

“El contrato fijo de obra ya no existe”

Con este nuevo modelo, una vez la obra termina, con un preaviso de 15 días (que se debe responder en un plazo de siete días), la empresa debe ofrecer al trabajador una propuesta de recolocación que incluya: ubicación de la obra, fecha de incorporación, y las actuaciones formativas exigibles para el nuevo puesto. Con respecto a estas actividades formativas, Fernández Alén ha explicado que “habíamos propuesto un curso de 20 horas, que era suficiente, pero la administración ha dicho que no quiere establecerlo así. Esto lo vamos a hacer más proto que tarde a través del Convenio General del Sector de la Construcción. Esta formación estará a cargo de la Fundación Laboral de La Construcción, con lo cual sería gratuita”.

Los casos en los que este nuevo contrato puede extinguirse son similares a los del contrato fijo de obra, si la persona trabajadora rechaza la recolocación expresa o tácitamente; si la formación de la persona, incluso tras el proceso de instrucción, no es suficiente o no resulta adecuada; en caso de que haya un exceso de personas que desarrollen las mismas labores; o por la inexistencia en la provincia de trabajos adecuados para su nivel de cualificación.

“Al ser motivos inherentes a la persona trabajadora, cuando hagamos un despido no tendremos acudir a un expediente de regulación de empleo (ERE) independientemente de las personas que se despidan. De esta manera no tienes que poner en marcha un complicado proceso con sindicatos y administraciones para efectuar el despido, sino que seguimos teniendo el mismo procedimiento que utilizábamos antes”, ha indicado el presidente de CNC.

La extinción de los contratos tiene como consecuencia una indemnización del 7% (25 días por año trabajado). Unas cifras que pueden modificarse, “porque la normativa tiene la flexibilidad suficiente para poder extinguir los contratos de trabajo sin tener que ir a ERE”, ha explicado Fernández Alen.

Balance del cambio

Para el presidente de la CNC, “el cambio es netamente positivo. El contrato fijo de obra ha desaparecido, pero el procedimiento es el mismo, las causas de extinción son iguales, y la indemnización son 25 días, es decir, ha bajado con respecto a la anterior. Aquí tenemos nuestro contrato fijo de obra simplemente transformado en contrato indefinido”.

“Dentro de un año y medio no podrán seguir diciendo que el sector de la construcción es el sector de la temporalidad”

Yolanda Valdeolivas, secretaria de Estado de Empleo entre 2018 y 2020, concluyó en un informe sobre el contrato fijo de obra que este debería computarse como contrato indefinido. “Porque el contrato indefinido normal tiene una duración media de un año y cuatro meses, mientras que nuestro contrato fijo de obra normalmente dura entre 24 y 36 meses”, explica Alén.

“Esto no es cambiar las cifras de sitio, sino intentar trasladar el régimen jurídico francés al ordenamiento español. Dentro de un año y medio no podrán decir más que el sector de la construcción es el sector de la temporalidad”, ha concluido el presidente de CNC.

Contrato fijo discontinuo

Fernández Alén también ha querido destacar que el nuevo contrato fijo discontinuo “se puede utilizar para servicios en contratas mercantiles o administrativas que previsiblemente formen parte de la actividad ordinaria de la compañía. Un tipo de contrato en el que cuando tienes actividad haces un llamamiento a los trabajadores y cuando no, estos no están en la empresa”.

“A muchas constructoras les puede venir bien tener contratados de fijos discontinuos a sus especialistas: los que te ponen la madera, los electricistas, la gente que tu utilizas en labores específicas y que duran poco en una obra, pero que son muy importantes. Y así puedes mandar a estos trabajadores a casa cuando hayan terminado sus labores”.

Preferencias del convenio

La prioridad de los convenios empresariales ya se da desde el año 2012. Esto implica que los convenios firmados por las empresas se mantienen pese a las modificaciones sectoriales que pudieran aparecer con posterioridad. Con la nueva normativa, esta preferencia se conserva salvo en materia salarial donde los cambios no pueden ser inferiores al convenio sectorial.

“Lo que ocurría es que se estaban negociando convenios en los que se tiraba el precio del salario por debajo de las tablas. Este fraude se veía en convenios especialmente pequeños. Empresas que utilizan intensivamente la mano de obra y obtienen una ventaja de esta manera –explica el presidente-. Se presentaban a las licitaciones con un coste muy por debajo de las demás. Esto se ha modificado para evitar que algunos actores jueguen en el mercado de forma desleal”.

“Este es un año crítico para el desarrollo de los fondos europeos”

Mecanismo RED

Los mecanismos RED, aun por desarrollar, son un instrumento que permitirá a la empresa adoptar medidas de protección temporal y ajuste en situaciones excepcionales de naturaleza macroeconómica o sectorial. Esto permite tener a los trabajadores vinculados a la empresa mientras la administración corre con el gasto. “Un expediente de regulación temporal de empleo que hemos visto que funciona cuando la situación es pasajera”, ha señalado el presidente de la CNC.

Los mecanismos RED son una medida ante situaciones como la pandemia o la reconversión industrial de un sector determinado. Se trata de la figura de protección del empleo que sustituirá a los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTE) “En vez de despedir a los trabajadores, poder mantener el vínculo vivo y mandarlos a recibir formación o congelarlos hasta que pasen los problemas. Esta herramienta puede activarse por un acuerdo o vía Consejo de ministros, para situaciones extraordinariamente complejas”, ha dicho Fernández Alén.

Fondos europeos

En su participación en el Foro Potencia, el presidente de CNC también ha abordado las inversiones derivadas de los fondos europeos. España cuenta con 140.000 millones de euros de los cuales 70.000 millones son sin devolución. De todos estos recursos 30.000 millones están vinculados al sector de la construcción.

Sin embargo, la lentitud en la tramitación de los mismos empieza a provocar inquietud por saber si finalmente se harán efectivas todas estas ayudas. “Tenemos un examen a finales de este año”, ha advertido el presidente de CNC.

“Los fondos están moviéndose más lento de lo que se esperaba. Están llegando a los ministerios, pero no están llegando al último ayuntamiento. Porque el problema no es el Ministerio de Transportes, sino que, para llevar a cabo una obra fluvial o marítima, esta tiene que pasar por los ayuntamientos. Y no solo que el ayuntamiento plantee un proyecto complejo para la transformación social, sino que este lo licite, se adjudique y se ejecute”.

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